Después del colapso de la URSS, los países que antes se consideraban sus repúblicas comenzaron a formar una coalición llamada CEI, o la Comunidad de Estados Independientes. Cada año, sus gobiernos y jefes de estado adoptan una gran cantidad de acuerdos y tratados que prácticamente no se mencionan a nivel internacional. En particular, existe una evaluación de este tipo, ya que el proceso de integración internacional de estos países no ha continuado en muchos aspectos, y durante muchos años se ha mantenido en un solo lugar. Solo recientemente, los organismos e instituciones una vez creados comenzaron a trabajar a un nivel más o menos adecuado. Uno de ellos puede ser llamado con seguridad la Corte Económica Internacional de la CEI.
Antecedentes historicos
La creación de un organismo especial que podría intervenir en las disputas económicas entre los países de la CEI fue inicialmente prevista por el Acuerdo adoptado por ellos sobre medidas para garantizar mejores acuerdos entre las organizaciones empresariales. Este documento fue establecido sobre la base del Reglamento sobre el Tribunal Económico de la CEI.
El desarrollo adicional de este cuerpo continuó al mismo tiempo que otras instituciones, pero había algunas peculiaridades. Por ejemplo, según el acuerdo, este tribunal debería trabajar de manera continua, y no periódicamente, como muchas otras autoridades de los países de la CEI. Todo esto fue hecho por el Tribunal Económico de la CEI como un órgano judicial interestatal, que tiene jurisdicción obligatoria en los países que firmaron el Acuerdo, es decir, en la CEI.
Estructura del tribunal
Basado en los últimos cambios que se hicieron en 2017, el Tribunal Económico de la CEI tiene la siguiente estructura (en función de su funcionamiento):
- Pleno del Tribunal Económico de la Comunidad de Estados Independientes.
- En su totalidad (es decir, además del Presidente de la corte) un juez se sienta por cada país miembro de la CEI.
- La composición de las cámaras, cuyas actividades incluyen la resolución de disputas y la consideración de problemas relacionados con la interpretación del estado de derecho.
Para resolver cualquier caso, se ensambla una cámara especial, que consta de tres jueces. Son nombrados por el Presidente del Tribunal Económico de la CEI a solicitud de uno de los estados participantes en la proporción de un juez de cada una de las partes, y el tercero como parte neutral.
El presidente
Por el momento, los deberes del Presidente son realizados por Kamenkova Lyudmila Eduardovna. Ella representa a la República de Bielorrusia en el Tribunal Económico de la CEI. Cumplió con sus obligaciones desde el 15 de diciembre de 2011, es decir, durante bastante tiempo. Fue elegida en base a la decisión de los jueces restantes. Tiene una gran cantidad de premios y títulos. Antes de mudarse directamente a este tribunal, trabajó en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bielorrusia.
Competencia
En la actualidad, la competencia del Tribunal Económico de la CEI incluye garantizar obligaciones económicas entre todos estos países. Los casos que han surgido debido a disputas en el campo de las obligaciones económicas se envían directamente a su consideración. Sin embargo, por decisión de los países participantes, se les pueden asignar otros casos estipulados por el acuerdo. Muy a menudo, también interpretan las normas del derecho económico y aconsejan actos legislativos sobre cuestiones en el ámbito económico.
De esto se deduce que la jurisdicción de este tribunal son casos que:
- surgió directamente en el cumplimiento de las obligaciones económicas entre los países de la Commonwealth y sus instituciones;
- Concluyen que los actos jurídicos reglamentarios adoptados en los países sobre acuerdos y asuntos económicos son consistentes con los actos existentes y no afectan los derechos de nadie más.
Derechos y obligaciones
Como cualquier organismo estatal, la Corte Económica Internacional de la CEI tiene su propio número de derechos y obligaciones. Por ejemplo, tiene derecho a solicitar los materiales necesarios para la consideración de casos de cualquiera de los países participantes y sus autoridades. Todas las decisiones del Tribunal Económico de la CEI deben tomarse cuidadosa y cuidadosamente. Debe tenerse en cuenta que ninguno de los países participantes puede responder negativamente a los requisitos del tribunal siempre que actúe dentro de su competencia.
En primer lugar, deben llevar a cabo sus actividades, basándose plenamente en el Reglamento vigente del Tribunal Económico de la CEI. El juicio está en curso en un solo idioma reconocido por la interestatal.
Decisiones tomadas
La cuestión de si las decisiones de este tribunal son vinculantes sigue siendo en gran medida controvertida, ya que su fuerza legal no se indica en ninguno de los documentos constitutivos. Es por eso que se cree que tales decisiones serán vinculantes solo en términos de calificaciones legales de las circunstancias del caso, y en todo lo demás, en qué volumen deben eliminarse las consecuencias y violaciones del estado culpable, solo asesoramiento. A pesar del grado de poder que tienen tales decisiones, deben, después de su adopción, publicarse en los medios y publicaciones oficiales de todos los países que son miembros de la Commonwealth.
Procedimiento para ir a la corte
Cualquier apelación ante el Tribunal Económico de la CEI es inicialmente gratuita y no está sujeta a impuestos. Si lo desea, se puede enviar una solicitud al Estado Parte interesado o sus autoridades y representantes. Debe ejecutarse por escrito y luego enviarse a una forma fija de comunicación. Dicho documento debe enumerar todos los datos requeridos, así como documentos adicionales que pueden ayudar al tribunal a tomar una decisión.
Una vez que la solicitud llega a la corte, se envía al Presidente, quien presenta el caso al panel y nombra a los jueces dentro de los diez días. Dentro de un mes, la junta decide si llevar el caso a producción o rechazarlo. El único motivo de denegación es el hecho de que el caso no está sujeto a jurisdicción. Solo después de eso, dentro de un período de cinco días, se notifica a las partes interesadas que el caso ha comenzado a avanzar hacia una decisión y que se fija una fecha para su consideración.
Práctica del Tribunal Económico de la CEI
A pesar de que esta autoridad ha estado operando durante casi 20 años, el número de casos examinados por él es bastante pequeño, por lo tanto, la práctica judicial de sus decisiones es insignificante. Debe tenerse en cuenta que la mayoría de ellos se refieren exclusivamente a la interpretación de las normas económicas. Un total de disputas económicas judiciales entre los estados se resolvieron alrededor de 13. El único caso que fue significativo para la práctica internacional fue la Decisión sobre el caso "sobre la protección de los derechos de los inversores", que se revisó en septiembre de 2014.
Es por eso que se debe buscar el significado práctico de este órgano judicial en el campo de la interpretación. Es ampliamente utilizado en los países de la CEI, especialmente en Bielorrusia y Rusia, y también es tenido en cuenta a menudo por expertos que escriben el contenido de los contratos.
Principales desventajas
Como se puede entender de todo lo anterior, el tribunal económico tiene una serie de problemas importantes que le impiden trabajar a plena capacidad.
- En primer lugar, debe entenderse que su competencia es muy limitada, especialmente cuando se compara con los poderes de otros tribunales a nivel regional.
- Debido a la falta de estatus legal de las decisiones de este tribunal, siguen siendo asesoras, por lo tanto, su incumplimiento no conduce a un castigo.
- La composición del aparato judicial es designada por los países de la CEI, lo que da restricciones significativas, porque los propios participantes no pueden designar la candidatura deseada.
Todo esto lleva al hecho de que simplemente no queda claro si ese cuerpo puede considerarse un tribunal en absoluto. Sobre todo, se asemeja al intento de países previamente unidos de crear una estructura que recuerde a un tribunal de arbitraje, pero en la práctica resultó ser algún tipo de órgano de supervisión que solo puede actuar como asesor e intérprete.
Es por eso que es importante reformar esta institución cambiando completamente sus documentos constitutivos para no solo expandir su competencia, sino también para tomar decisiones vinculantes.